Preguntas frecuentes sobre la inspección técnica de vehículos

Obtenga más información sobre las calcomanías de inspección y los costos, las leyes de parachoques, las leyes de polarizado y más.

¿Es necesario someter los vehículos nuevos a la inspección anual de seguridad?

Los vehículos nuevos comprados en Virginia que hayan sido inspeccionados de acuerdo con un requisito de inspección del fabricante o distribuidor no están obligados a someterse a la inspección de seguridad anual inicial. La colocación de una calcomanía de inspección en el parabrisas de un vehículo será a opción del concesionario de automóviles. Dicha inspección por parte del concesionario de automóviles se considerará como la primera inspección para cumplir con el propósito de los § 46.2-1158 Código de Virginia. Sin embargo, estos vehículos deben ser reinspeccionados dentro de los doce meses posteriores al mes de la primera inspección o compra y al menos una vez cada doce meses a partir de entonces y mostrar una calcomanía de inspección válida. Si el fabricante o distribuidor no coloca una calcomanía de inspección en el parabrisas, el propietario debe mantener documentación dentro del vehículo para mostrar cuándo se compró el vehículo y para que sirva como referencia para futuros requisitos de inspección.

Si bien el nuevo lenguaje en la Sección 46.2-1158.01 establece que "se puede colocar una etiqueta de inspección en el vehículo según lo requerido por la Sección 46.2-1163.", Por varias razones prácticas, se debe colocar una pegatina de homologación en el vehículo.  Las razones son las siguientes:

  1. Una vez que el comprador conduce el vehículo fuera del lote, ya no cumple con la definición de vehículo nuevo como se define en la Sección 46.2-1500 del Código de Virginia.  No si, sino cuando el comprador es detenido por la policía por no mostrar una calcomanía de inspección, y regresa al concesionario vendedor por una calcomanía, el vehículo estará sujeto a una inspección estatal oficial como cualquier otro vehículo usado.  Esto, obviamente, podría llevar a la insatisfacción del cliente.
  2. Colocar una calcomanía en el nuevo vehículo evitará que la policía lo detenga innecesariamente.
  3. En ausencia de una calcomanía, no habrá un recordatorio visual para el conductor cuando el vehículo deba ser reinspeccionado.  Si el vehículo no se vuelve a inspeccionar como se requiere en la Sección 46.2-1157 del Código de Virginia, el operador estaría sujeto a una citación de tráfico.

La colocación de una calcomanía de inspección oficial en todos los "vehículos nuevos" será en beneficio mutuo del concesionario de automóviles, el cliente y las fuerzas del orden.

Si un vehículo se compra fuera del estado y luego se registra en Virginia, debe ser inspeccionado una vez que esté registrado en este estado.

Una vez que he registrado mi vehículo en el estado de Virginia, ¿cuánto tiempo tengo antes de que mi vehículo deba ser inspeccionado?

No hay período de gracia. Es posible que se realice una inspección de seguridad en su vehículo, independientemente del estado en el que esté registrado. Se recomienda que se realice la inspección de seguridad antes de registrar el vehículo en Virginia. De lo contrario, una vez que haya registrado un vehículo en el Departamento de Vehículos Motorizados del estado de Virginia, debe ser inspeccionado de inmediato.

¿Una pegatina de inspección caduca el primer o el último día del mes indicado en la pegatina?

La pegatina caduca el último día del mes, independientemente de si es un día laborable (de lunes a viernes) o un fin de semana (de sábado a domingo). No se enviarán documentos por correo para recordarle que la inspección debe realizarse.

¿Cuál es el costo de una inspección de seguridad?

El costo es de $51 para la inspección de un vehículo motorizado comercial.  El costo es de $12 por una motocicleta o autociclo.  El costo es de $20 para cualquier otro vehículo, incluidos remolques y casas rodantes.

Si siento que la inspección realizada en mi vehículo no fue una inspección adecuada, ¿qué puedo hacer?

Si cuestiona la integridad de una inspección de seguridad realizada en su vehículo, debe comunicarse con la Oficina de la División de Seguridad de la Policía Estatal más cercana.  Se llevará a cabo una investigación para determinar si se siguieron los procedimientos de inspección adecuados. 

¿Cómo puedo investigar las leyes de Virginia?

Las Leyes de Vehículos Motorizados de Virginia se pueden encontrar en: https://lis.virginia.gov/000/src.htm

¿Cómo puedo buscar el Manual de Inspección Vehicular en línea?

El Manual Oficial de Inspección Anual de Vehículos Motorizados está disponible a través del Sistema de Información Legislativa de Virginia.  Está compuesto por Commonwealth of Virginia Código Administrativo, Capítulo 70 (Reglas y Regulaciones de Inspección de Seguridad de Vehículos Motorizados), Secciones 1 a 680:1 y Formularios.

¿Dónde puedo obtener una copia del Manual Oficial de Inspección de Seguridad de Virginia?

Puede solicitar una copia por correo o en persona a:

Dirección postal: Department of State Police, Safety Division, P.O. Box 27472, Richmond, VA 23261-7472

Dirección de la oficina:  Departamento de Policía Estatal, División de Seguridad, 3719 Saunders Avenue, Richmond, VA 23227

El costo es de $20.00 (sin gastos de envío ni manipulación).  La compra de manuales de inspección en nuestra oficina es solo por Discover, MasterCard o VISA. Las compras por correo se pueden realizar mediante giros postales, cheques de la empresa, Discover, MasterCard o VISA.  No se aceptan cheques personales.

Si estoy asistiendo a la universidad, en el ejército o visitando a familiares fuera del estado cuando mi calcomanía de inspección de seguridad expira, ¿qué puedo hacer para obtener una extensión?

No hay extensiones. En circunstancias normales, todos los vehículos registrados en Virginia deben llevar una calcomanía de inspección actual de Virginia. Si la calcomanía de inspección de su vehículo no está vigente y conduce de regreso a Virginia, 46.2-1158.01del Código de Virginia, establece que no está obligado a volver a inspeccionar su (s) vehículo (s) hasta que regrese a su residencia o lugar de trabajo en Virginia.

Además, los vehículos motorizados propiedad y operados por personas en servicio activo con las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos, que son residentes de Virginia estacionados fuera de Virginia en el momento en que expira la inspección, pueden operar dichos vehículos en la carretera del Commonwealth mientras están de permiso, siempre que dichos vehículos muestren una calcomanía de inspección válida emitida por otro estado.

Cualquier documentación sobre su residencia actual sería útil en caso de que un oficial de la ley lo detenga.

¿Puedo operar mi vehículo con una calcomanía de rechazo en el parabrisas?

El período de validez de una etiqueta de rechazo será de 15 días, además del día de la inspección.

El propósito de una etiqueta de rechazo es reemplazar la etiqueta de aprobación que originalmente estaba en el parabrisas de su vehículo. En sí mismo, no impone restricciones de viaje al vehículo; sin embargo, no proporciona ninguna excepción a ningún estatuto que rija los defectos del equipo.

Por ejemplo, si su vehículo fue rechazado debido a un escape defectuoso, estaría en peligro de recibir una citación por operar el vehículo en la carretera con un escape defectuoso.

Tengo una grieta en el parabrisas y me gustaría saber si aún pasará la inspección.

En el Manual Oficial de Inspección de Seguridad de Virginia, Sección 19 VAC 30-70-210, página 210-2, párrafos 7 y 8, establece:

Inspeccione y rechace si:

  1. Hay un hoyo, astilla o grieta en estrella de más de 11/2 pulgadas de diámetro en cualquier lugar del parabrisas por encima de la línea de 3pulgadas en la parte inferior.
  2. En cualquier lugar del parabrisas por encima de la línea de 3pulgadas en la parte inferior, hay más de una grieta desde el mismo punto si al menos una de las grietas tiene más de 11/2 pulgadas de largo. Hay cualquier grieta que debilite el parabrisas para que una pieza se pueda mover en relación con la otra. (Si hay más de una grieta que sale de una grieta en estrella que se extiende por encima de la línea de 3pulgadas, el parabrisas será rechazado).
¿Los vehículos antiguos están exentos de inspección y cuáles son las restricciones?

Para que un vehículo se defina como "antiguo", debe tener 25 años o más. Si el vehículo está registrado como antigüedad a través del Departamento de Vehículos Motorizados, está exento de inspección estatal.

Restricciones: Los vehículos motorizados antiguos no se utilizarán para fines de transporte general, incluidos, entre otros, los viajes diarios hacia y desde el lugar de trabajo del propietario. Dicho vehículo puede ser operado en la carretera para participar en actividades del club, exhibiciones, recorridos, desfiles y eventos similares o con el propósito de probar su funcionamiento, obtener reparaciones o mantenimiento, transporte hacia y desde los eventos descritos anteriormente, y para viajes de placer ocasionales, que no excedan las 250 millas de la residencia del propietario.

¿Cuáles son las leyes de altura de los parachoques en el estado de Virginia?

VA Code § 46.2-1063 dice:

Alteración del sistema de suspensión; límites de altura del parachoques; elevación de la carrocería por encima del riel del bastidor. — Ninguna persona conducirá en una carretera pública ningún vehículo motorizado registrado como vehículo motorizado de pasajeros si ha sido modificado por la alteración de su altitud desde el suelo hasta el punto de que sus parachoques, medidos hasta cualquier punto en el borde inferior de la barra de parachoques horizontal principal, excluyendo los protectores de parachoques, no estén dentro del rango de catorce pulgadas a veintidós pulgadas sobre el suelo. No obstante las disposiciones anteriores de esta sección, el rango de alturas de parachoques para vehículos motorizados que llevan placas de matrícula de calle emitidas de conformidad con la sección 46.2-747 será de nueve a veintidós pulgadas.

Ningún vehículo debe modificar para hacer que la carrocería o el chasis del vehículo entren en contacto con el suelo, expongan el tanque de combustible a daños por colisión o hagan que las ruedas entren en contacto con la carrocería en condiciones normales de funcionamiento. Ninguna parte del sistema de suspensión original de un vehículo motorizado se desconectará para anular la operación segura de su sistema de suspensión. Sin embargo, nada de lo contenido en esta sección impedirá la instalación de equipo de servicio pesado, incluidos amortiguadores y resortes de sobrecarga. Nada de lo contenido en esta sección prohibirá la conducción en una vía pública de un vehículo motorizado con desgaste normal en el sistema de suspensión si dicho desgaste normal no afecta negativamente el control del vehículo.

Ninguna persona conducirá en una carretera pública ningún vehículo motorizado registrado como camión si ha sido modificado por la alteración de su altitud desde el suelo en la medida en que sus parachoques, medidos hasta cualquier punto en el borde inferior de la barra de parachoques horizontal principal, excluyendo los protectores de parachoques, no caigan dentro de los límites especificados en este documento para su categoría de clasificación de peso bruto vehicular.  La altura del parachoques delantero de los camiones cuyo peso bruto vehicular sea de 4500 libras o menos no será inferior a 14 pulgadas ni superior a 28 pulgadas, y la altura de su parachoques trasero no será inferior a 14 pulgadas ni superior a 28 pulgadas. La altura del parachoques delantero de los camiones cuyas clasificaciones de peso bruto vehicular sean 4,501 libras a 7500 libras no será inferior a 14 pulgadas ni superior a 29 pulgadas, y la altura de su parachoques trasero no será inferior a 14 pulgadas ni superior a 30 pulgadas. La altura del parachoques delantero de los camiones cuyas clasificaciones de peso bruto vehicular sean 7,501 libras a 15000 libras no será inferior a 14 pulgadas ni superior a 30 pulgadas, y la altura de su parachoques trasero no será inferior a 14 pulgadas ni superior a 31 pulgadas. Las limitaciones de altura del parachoques contenidas en esta sección no se aplicarán a los camiones con clasificaciones de peso bruto vehicular superiores a 15000 libras. A los efectos de esta sección, "camión" incluye camionetas pickup y camiones de panel, y "clasificaciones de peso bruto del vehículo" significa las clasificaciones de peso bruto del vehículo del fabricante establecidas para ese vehículo según lo indicado por un número, placa, calcomanía, calcomanía u otro dispositivo adherido al vehículo por su fabricante.

En ausencia de parachoques, y en los casos en que se hayan rebajado las alturas de los parachoques, las mediciones de altura según las disposiciones anteriores de esta sección se realizarán hasta la parte inferior del riel del marco. Sin embargo, si se han elevado las alturas de los parachoques, las mediciones de altura según las disposiciones anteriores de esta sección se realizarán hasta la parte inferior de la barra de parachoques horizontal principal.

Ningún vehículo debe ser operado en una carretera pública si ha sido modificado por cualquier medio para elevar su carrocería más de tres pulgadas, además de los espaciadores y bujes del fabricante, por encima del riel del bastidor del vehículo o los puntos de fijación del fabricante en el riel del bastidor.

Esta sección no se aplicará a los vehículos motorizados especialmente diseñados o modificados cuando se salgan de las carreteras públicas en carreras y eventos similares. Dichos vehículos motorizados pueden ser remolcados legalmente en las carreteras del Commonwealth.

¿Cuáles son las leyes de tinte en Virginia?

VA Code § 46.2-1063 dice:

Películas tintadas, letreros, calcomanías y calcomanías en parabrisas, etc.; penas.

  1. Salvo que se disponga lo contrario en este artículo o que la ley federal lo permita, será ilegal que cualquier persona opere cualquier vehículo motorizado en una carretera con cualquier letrero, cartel, película de color o tinte, material de protección solar u otro material de color en el parabrisas, ventanas laterales delanteras o traseras o ventanas traseras de dicho vehículo motorizado. Esta disposición, sin embargo, no se aplicará a ningún certificado u otro documento requerido por la ley o permitido por el Superintendente para ser colocado en el parabrisas o ventana de un vehículo motorizado.

    El tamaño de las calcomanías o calcomanías utilizadas por los condados, ciudades y pueblos en lugar de las placas de matrícula deberá cumplir con las regulaciones promulgadas por el Superintendente. Dichas calcomanías se colocarán en el parabrisas en un lugar designado por el Superintendente.
  2. No obstante las disposiciones anteriores de esta sección, siempre que un vehículo motorizado esté equipado con un espejo a cada lado de dicho vehículo, ubicado de manera que refleje al conductor de dicho vehículo una vista de la carretera por lo menos 200 pies hacia la parte trasera de dicho vehículo, cualquiera o todos los siguientes serán legales:
    1. Para conducir un vehículo motorizado equipado con una lente retrovisora de plástico transparente en ángulo recto ópticamente ranurada unida a una ventana trasera de dicho vehículo motorizado, que no exceda las dieciocho pulgadas de diámetro en el caso de una lente circular o que no exceda las once pulgadas por catorce pulgadas en el caso de una lente rectangular, que permita al conductor del vehículo motorizado ver por debajo de la línea de visión como se ve a través de la ventana trasera;
    2. Tener adherido en las ventanas laterales traseras, la ventana trasera o las ventanas de un vehículo motorizado cualquier calcomanía o calcomanías, independientemente de su tamaño; o
    3. Conducir un vehículo motorizado cuando la vista clara del conductor de la carretera a través de la ventana o ventanas traseras está obstruida de alguna manera.
  3. Salvo lo dispuesto en el § 46.2-1053, pero no obstante las disposiciones anteriores de esta sección, no se puede aplicar ni fijar una película de protección solar o polarizante a ninguna ventana de un vehículo motorizado a menos que dicho vehículo motorizado esté equipado con un espejo a cada lado de dicho vehículo motorizado, ubicado de manera que refleje al conductor del vehículo una vista de la carretera por lo menos 200 pies hacia la parte trasera de dicho vehículo. vehículo, y la película de protección solar o tintado se aplica o fija de acuerdo con lo siguiente:
    1. No se pueden aplicar o fijar películas de protección solar o polarizado a las ventanas laterales traseras o a la ventana o ventanas traseras de ningún vehículo motorizado operado en las carreteras de este Estado Libre Asociado que reduzcan la transmisión total de luz de dicha ventana a menos del treinta y cinco por ciento;
    2. No se pueden aplicar o colocar películas de protección solar o polarizantes en las ventanas laterales delanteras de ningún vehículo motorizado operado en las carreteras de este Estado que reduzcan la transmisión total de luz de dicha ventana a menos del cincuenta por ciento;
    3. No se aplicarán ni se colocarán películas de protección solar o tinte en ninguna ventana de un vehículo motorizado que (i) tenga una reflectancia de luz superior al veinte por ciento o (ii) produzca un efecto holográfico o de prisma.

Cualquier persona que opere un vehículo motorizado en las carreteras de este Estado Libre Asociado con películas de protección solar o polarizado que (i) tengan una transmitancia total de luz menor que la requerida por las subdivisiones 1 y 2 de esta subsección, (ii) tengan una reflectancia de luz superior al veinte por ciento, o (iii) produzcan efectos holográficos o de prisma será culpable de una infracción de tránsito, pero no se le otorgará ningún punto de demérito por parte del Comisionado por la violación.

Cualquier persona o empresa que aplique o coloque en las ventanas de cualquier vehículo motorizado en Virginia películas de protección solar o tintado que (i) reduzcan la transmitancia de luz a niveles menores que los permitidos en las subdivisiones 1 y 2 de esta subsección, (ii) tengan una reflectancia de luz superior al veinte por ciento, o (iii) produzcan efectos holográficos o de prisma será culpable de un delito menor de Clase 3 por la primera ofensa y de un delito menor de Clase 2 por cualquier ofensa subsiguiente.

  1. La División de Compras y Suministros, de conformidad con el § 2.1-446, determinará los estándares apropiados para el equipo o dispositivos utilizados para medir la transmisión de luz a través de las ventanas de los vehículos motorizados. Los agentes del orden público utilizarán únicamente los equipos o dispositivos para medir la transmisión de luz a través de las ventanas que cumplan con las normas establecidas por la División. Dichas mediciones efectuadas por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley tendrán una tolerancia de menos siete puntos porcentuales.
  2. No se puede aplicar ninguna película o material oscurecedor en el parabrisas, excepto para reemplazar el parasol en el área superior instalado por el fabricante del vehículo.
  3. Nada en esta sección prohibirá la colocación en la ventana trasera de un vehículo motorizado de una sola calcomanía que no exceda de veinte pulgadas cuadradas si dicha calcomanía está totalmente contenida dentro de las cinco pulgadas inferiores del vidrio de la ventana trasera, ni la subsección B de esta sección se aplicará a un vehículo motorizado al que solo se adhiera una calcomanía de este tipo.
  4. Nada en esta sección prohibirá aplicar a las ventanas laterales traseras o a la ventana trasera de cualquier vehículo de pasajeros multipropósito o camioneta pickular películas de protección solar o tintes que reduzcan la transmitancia total de luz de dicha ventana o ventanas por debajo del treinta y cinco por ciento.
  5. Como se usa en este artículo:

"Ventanas laterales delanteras" significa aquellas ventanas ubicadas adyacentes y delanteras del asiento del conductor;

Por "efecto holográfico" se entiende una fotografía o imagen que puede permanecer constante o cambiar a medida que se cambia el ángulo de visión;

"Vehículo de pasajeros multipropósito" significa cualquier vehículo motorizado que (i) esté diseñado para transportar no más de diez personas y (ii) construido sobre el chasis de un camión o con características especiales para uso ocasional fuera de la carretera;

"Efecto prisma" significa un efecto visual, iridiscente o similar al arco iris que separa la luz en varios componentes de color que pueden cambiar según el ángulo de visión.

"Ventanas laterales traseras" significa aquellas ventanas ubicadas en la parte trasera del asiento del conductor;

"Ventana trasera" o "ventanas traseras": aquellas ventanas que están ubicadas en la parte trasera del compartimiento de pasajeros de un vehículo de motor y que son aproximadamente paralelas al parabrisas;

  1. Sin perjuicio de las disposiciones anteriores de esta sección, el material de protección solar que se aplicó o instaló antes del 1de julio de 1987, de una manera y en las que las ventanas no violaron la ley de Virginia, continuará siendo legal, siempre que se pueda demostrar mediante recibos apropiados que dicho material se instaló antes del 1de julio, 1987.
  2. Cuando una persona es condenada dentro de un año de una segunda o subsiguiente violación de esta sección que involucre la operación del mismo vehículo con un parabrisas polarizado o ahumado, el tribunal, además de cualquier otra pena, puede ordenar a la persona condenada que retire dicho parabrisas polarizado o ahumado del vehículo.
  3. Las disposiciones de esta sección no se aplicarán a los vehículos encargados de hacer cumplir la ley.
  4. Las disposiciones de la subdivisión C (1.) de esta sección no se aplicarán a los transportistas turísticos tal como se definen en la sección 46.2-2200 y los transportadores de limusinas y sedán ejecutivos, tal como se definen en el § 46.2-2500.
Tengo un remolque pequeño y me gustaría saber si es necesario inspeccionarlo.

Depende. Si el "peso bruto real" es 3000 libras o más, se requiere que tenga frenos y debe ser inspeccionado. (El "peso bruto real" es el peso del remolque más el peso de cualquier carga que lleve el remolque). Si el "peso bruto real" es inferior a 3000 libras, no es necesario inspeccionarlo; Sin embargo, cualquier remolque de menos de 3000 libras que esté equipado con frenos también debe ser inspeccionado.

NOTA: Los empleados de la Policía Estatal de Virginia no están autorizados a dar asesoramiento legal ni a interpretar la ley para el público.  La información en este sitio web se proporciona únicamente con fines de orientación general y puede no aplicarse a todas las situaciones reales.  Las personas que necesiten asesoramiento legal pueden contactar al Servicio de Referencia de Abogados de Virginia al (800) 552-7977 para ser referidas a un abogado privado para una consulta de 30minutos por una tarifa prepagada de $35.00.